SON MUCHA LAS CONFUSIONES QUE EXISTEN A LA HORA DE SACAR LA CUENTA DE CUANTOS NOS DEPOSITARAN DE AGUINALDOS CADA AÑO. ES POR ESO QUE AQUÍ DEJO LA FORMULA VIGENTE SEGÚN LA DIRECTIVA PARA HACER NUESTRO CALCULO CORRECTO, ADEMAS DE UNOS CONCEPTOS BÁSICOS:
SOLO NECESITAS TENER TU NETO A LA MANO PARA TENER LOS DATOS EXACTOS
FORMULA PARA CALCULAR LOS AGUINALDOS:
A = DÍAS DECRETADO POR EL EJECUTIVO: (DURANTE AÑOS REGULARMENTE HAN SIDO 90 DIAS)
S = SUELDO BÁSICO + PRIMA COMUNES
V = DÍAS DE VACACIONES SEGÚN LA ANTIGUEDAD: (40, 45 o 50)
(A x S (360 + V + A))
10800
NOTA:
PRIMAS COMUNES SON LAS QUE NO ESTÁN EN LA SIGUIENTE LISTA
- Ubicación geográfica del profesional,
- Cargo,
- Riesgo,
- Capacitación
- Tipo de servicio
alguien me puede explicar por favor el porque no me sale arreglo solo xq me retire con 4 años?? no me parece que haya trabajo 4 años de gratis
ResponderEliminarsegun para q me puedan arreglar un sueldo por año que es lo que establece la ley de seguridad social de la fanb, tendria que permanecer 10 o mas años en las dentro de las fanb y no me parece justo y en la ley no aparece que hay que permanecer 10 años o mas para que puedan arreglar, ese articulo numero 22 lo que dice es que para pedir el adelanto de asignacion de antiguedad hay q esperar los 10 años. y no dice lo contrario. asi que deberian de arreglarme los 4 años como lo dice el articulo 21 de dice que el militar que pase a retiro o cese de funciones por voluntad propia, percibira un sueldo por año por el numero de años de servicio activo de acuerdo a la ultima remuneracion
ResponderEliminarCONSULTA POR MENSAJERÍA DE TEXTO LA TUS PRESTACIONES, REVISA ESTA PAGINA: http://clunefa.blogspot.com/2012/08/consulta-en-linea-de-la-caja-de-ahorro.html
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